que es la visa schengen

Visa Schengen

La necesidad, o no, de tener visas (visa Schengen, o sea cual sea) para trabajar en nuestra industria es algo que os preocupa sobremanera.

Seguramente porque la gran mayoría de los lectores de este blog sois latinoamericanos.

Cuando hablo con vosotros (disculpadme si mi percepción es errónea) tengo la impresión de que, por alguna razón que se me escapa, pensáis que el pasaporte de un español «es mejor» que el vuestro latinoamericano.

Lo cual, por lo menos en cuanto al tema que ocupa este blog, y web, es absolutamente erróneo.

Como siempre os explico, un argentino, colombiano, mexicano, etc etc tiene absolutamente las mismas posibilidades de conseguir trabajo en nuestra industria que un español.

Sin necesidad alguna de ninguna visa.

Y, en concreto, de la visa Schenguen, que es la que nos ocupa en este post.

Por otra parte, me gustaría empezar este post diciendo algo que ya habrás leído unas 500.000 veces.

Yo soy especialista en lo que soy especialista: el trabajo en la industria de los súper yates.

No soy especialista (ni por asomo) en temas de emigración.

Este blog es un blog meramente informativo, y escrito siempre desde el punto de vista de CONSEGUIR TRABAJO EN YATES.

Que es por lo cual estáis aquí.

Toda la información que yo os proporciono en los posts de este blog es información relativa a nuestra industria.

Es decir:

La necesidad o no de tener visa Schengen para conseguir trabajo en la industria de los súper yates.

Todo lo demás relativo a esta visa es absolutamente ajeno a mí, y fuera de mi conocimiento.

Espero haberme explicado bien.

Pues bien:

¿ES NECESARIO TENER LA VISA SCHENGEN PARA CONSEGUIR TRABAJO EN UN SÚPER YATE?

No.

A excepción de lo que os comentaré a continuación.

¿QUÉ ES LA VISA SCHENGEN?

Un visado Schengen es el documento emitido por las autoridades competentes a la parte interesada para visitar o circular dentro y fuera del Espacio Schengen.

El Espacio Schengen está compuesto por 26 países que han acordado permitir la libre circulación de sus ciudadanos dentro de este Espacio como un solo país. De los 26 países vinculados por el Acuerdo de Schengen, 22 son parte de la UE y los otros 4 forman parte de la AELC.

El Espacio Schengen abarca la mayoría de los países europeos, a excepción del Reino Unido y países como Rumanía, Bulgaria, Croacia, Chipre e Irlanda, que pronto formarán parte del acuerdo. Sin embargo, hay países que no forman parte de la UE, como Noruega, Islandia, Suiza y Liechtenstein, aunque pertenecen al Espacio Schengen y comparten la política de libre circulación.

Fuente: https://www.schengenvisainfo.com/es/

NECESIDAD DE VISADO SCHENGEN PARA TRABAJAR EN YATES PARA LATINOAMERICANOS:

Todo latinoamericano que necesitase el visado Schengen para trabajar en un yate la obtendrán automáticamente.

A excepción de las personas procedentes de:

  • Bolivia
  • Belice
  • Cuba
  • República Dominicana
  • Ecuador

Es decir, si no procedes de ninguno de los 5 países anteriormente citados, no te calientes más la cabeza con la necesidad de visas, o no.

Si procedes de alguno de esos países, ¡tampoco!

Aunque tuvieses que solicitar la visa Schengen, ésta es una visa cuya solicitud no suele presentar mayor dificultad.

A diferencia, por ejemplo, de la visa B1/B2.

En cuanto a cómo aplicar a la visa Schengen, y cuestiones relacionadas, tendrás que hablar directamente con tu embajada.

VARIOS PASAPORTES:

Consideré añadir este apartado en particular ya que soy consciente de que muchos latinoamericanos tenéis dos pasaportes.

Y uno de ellos suele ser europeo.

En el caso de que tengas dos pasaportes, y te contrate un yate, es responsabilidad tuya informar al Capitán de con qué pasaporte has entrado en el país en el que te estás uniendo al yate.

Para que el Capitán gestione todo el tema de emigración, si ello fuese necesario en tu caso.

Si entras en un país POR AVIÓN con tu visa Schengen, te pondrán un sello en el pasaporte como éste:

Si tu pasaporte no es de la UE, necesitarás ir al puesto de inmigración más cercano al yate y te pondrán un sello como éste.

(Obviamente, esto tendrás que hablarlo primero con el Capitán, y él te dará instrucciones).

Y, cuando dejes el yate, por tanto, vuelvas a utilizar tu Visa Schengen, te pondrán un sello como éste:

¿POR QUÉ NO ES NECESARIA LA VISA SCHENGEN PARA TRABAJAR EN UN YATE?

No me voy a enrollar demasiado con temas legales, que además, como siempre menciono, no son mi especialidad.

Pero lo que necesitas saber es que puedes trabajar sin visa Schengen en la gran mayoría de los yates de nuestra industria.

No podrías trabajar en yates cuyo pabellón (bandera) sea de un país perteneciente al área Schengen.

Y, teniendo en cuenta que la gran mayoría de los súper yates tienen pabellón de un paraíso fiscal (francamente), es bastante complicado encontrar un súper yate con un pabellón perteneciente al área Schengen.

¿CUÁLES SON LOS PAÍSES DEL ÁREA SCHENGEN?

En la actualidad forman parte del espacio Schengen los siguientes países:

  • Alemania
  • Austria
  • Bélgica
  • Dinamarca
  • Eslovenia
  • España
  • Estonia
  • Finlandia
  • Francia
  • Grecia
  • Hungría
  • Islandia
  • Italia
  • Letonia
  • Liechtenstein
  • Lituania
  • Luxemburgo
  • Malta
  • Noruega
  • Países Bajos
  • Polonia
  • Portugal
  • República Checa
  • República Eslovaca
  • Suecia
  • Suíza

CONCLUSIÓN:

Si no eres de:

  • Bolivia
  • Belice
  • Cuba
  • República Dominicana
  • Ecuador

Y no vas a trabajar en un yate con pabellón de un país del área Schengen, don’t worry!

Olvídate de la visa Schengen.

Y si eres de uno de esos 5 países, sigue con tu búsqueda de trabajo en nuestra industria exactamente igual.

La solicitas, y ya está.

Espero haberme explicado bien en este post.

INFORMACIÓN IMPORTANTE ACTUALIZADA A SEPTIEMBRE DEL 2024:

Como ya sabéis, intentamos mantener la información de este blog actualizada en todo momento en la medida en que la gran carga de trabajo diario nos lo permite.

Por tanto, a continuación encontrarás información actualizada sobre los últimos cambios en los requerimientos para tripulantes con pasaporte no europeo que se encuentren en Barcelona desde septiembre del 2024. 

Lo mismo aplica a los tripulantes en Mallorca, España, ya desde principios del 2024.

New Rules for Non-EU Crew Stamping Out of Barcelona

Básica, y muy resumidamente, lo que viene a decir ese artículo es que dichos tripulantes necesitan ahora contar con el seaman’s discharge book (libreta marítima, de embarque, o como se llame en tu país… ¡cada día me decís un nombre diferente en español!)

INFORMACIÓN IMPORTANTE ACTUALIZADA A ABRIL DEL 2026:

A continuación te dejo una comunicación importante relativa a Italia, enviada a capitanes por parte de una reconocida agencia:

«Further to the official implementation of the Entry/Exit System (EES), we wish to bring to your immediate attention a critical regulatory update issued on 10/04/2026 by the Italian Border Police, introducing an unannounced enforcement measure affecting non-EU crew movements within the Schengen Area.

This development represents a significant operational change for all vessels calling at Genoa (And Italy/EU in general) and requires immediate consideration when planning crew rotations.

The below, are operational details related to the port of Genoa (Portofino, Santa Margherita Ligure and Rapallo), we are in touch with the other Italian ports to check if this EU enforcement, is applied in the same operational procedure by the local immigration offices. 

New Enforcement Rule:

Non-EU crew members arriving by land (already stamped INTO the Schengen Area) may no longer be stamped OUT unless the vessel’s departure is officially confirmed within 10 days.

Please note that embarkation itself is not prohibited. As per standard procedure, agencies will continue to submit the formal PEC (legal mail) notification of embarkation to the Authorities. However, in the absence of a confirmed vessel departure within 10 days, the Border Police will not proceed with the OUT stamp, meaning the crew member will remain legally within the Schengen Area despite being onboard, thus, using his/her days granted by the passport (such as UK citizens for example) or the days granted through a C Visa.

Such departure must be demonstrable and will be subject to verification by the competent Authorities.

Operational Clarification:

By way of example: should a non-EU seafarer arrive today to join a vessel scheduled to depart in 30 days, the crew member will be registered in the Police system but will not receive the OUT stamp at the time of embarkation.

As a consequence, their Schengen stay (90-day allowance) will continue to run despite being onboard.

Crew members holding a valid Type D visa are not subject to this limitation, as their legal stay follows the duration and conditions of their employment contract.

Once the vessel’s departure date falls within the 10-day window, we will then be able to arrange a dedicated appointment with the Border Police to regularize the position of all crew members embarked during this period, allowing the OUT stamps to be issued accordingly.

Additional Operational Requirement:

For any embarkation or disembarkation of non-EU crew members not holding a valid Type D visa, it is now mandatory to obtain an appointment with the Border Police before the operation can take place.

Exposure & Risk Areas:

Particular attention should be given to:

– Crew holding Schengen visas expiring prior to the vessel’s departure

– Crew approaching or exceeding the 90-day Schengen allowance

– Visa-exempt non-EU nationals nearing the limit of permitted stay

Failure to comply may result in overstay situations, with potential implications on future Schengen access and visa eligibility (up to 3 year ban from the EU).

Current Crew Status:

Crew members already embarked and stamped out of Schengen retain their seafarer status until disembarkation. However, any subsequent re-embarkation will be subject to the above-mentioned 10-day rule.»

Hasta aquí hemos llegado hoy chicos.

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Jamila García Lillo

Mi nombre es Jamila García, gallega con raíces suízas.
Nada más terminado mi Máster de Protocolo y Organización de Eventos, empecé a trabajar en mi primer yate.
Sigo haciendo trabajos puntuales en yates, pero me “semi - retiré” y dejé de viajar constantemente en Septiembre del 2016, para perseguir mi nuevo sueño: ayudar a todos los que estéis interesados en ser tripulantes de yates de lujo.

Interacciones con los lectores

Comentarios

  1. Jorge Triana dice

    Hola jamila, quisiera contar con tu asesoramiento, soy marino de crucero hace mas de 14 años por pandemia deje de trabajar e intente ingresar a estados unidos, al cual fue un fracaso por q revocaron mi visa por 5 años, para acortar el tema quisiera ingresar ala industria de yates, que me aconsejas, dada mi situacion

  2. Paula dice

    Hola Jamila!

    Me interesa muchísimo, pero como española, me preocupa como se declara frente a hacienda estos salarios. Que tengo que tener en cuenta y que no debo hacer?

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