que es la visa schengen

Visa Schengen

Me gustaría empezar este post diciendo algo que ya habrás leído unas 500.000 veces.

Yo soy especialista en lo que soy especialista: el trabajo en la industria de los súper yates.

No soy especialista (ni por asomo) en temas de emigración.

Este blog es un blog meramente informativo, y escrito siempre desde el punto de vista de CONSEGUIR TRABAJO EN YATES.

Que es por lo cual estáis aquí.

Toda la información que yo os proporciono en los posts de este blog es información relativa a nuestra industria.

Es decir:

La necesidad o no de tener visa Schengen para conseguir trabajo en la industria de los súper yates.

Todo lo demás relativo a esta visa es absolutamente ajeno a mí, y fuera de mi conocimiento.

Espero haberme explicado bien.

Pues bien, como la necesidad, o no, de tener visas (visa Schengen, o sea cual sea) para trabajar en nuestra industria es algo que os preocupa sobremanera intentaré explicarme de la manera más clara y sencilla posible.

¿QUÉ ES LA VISA SCHENGEN?

Un visado Schengen es el documento emitido por las autoridades competentes a la parte interesada para visitar o circular dentro y fuera del Espacio Schengen.

El Espacio Schengen está compuesto por 26 países que han acordado permitir la libre circulación de sus ciudadanos dentro de este Espacio como un solo país. De los 26 países vinculados por el Acuerdo de Schengen, 22 son parte de la UE y los otros 4 forman parte de la AELC.

El Espacio Schengen abarca la mayoría de los países europeos, a excepción del Reino Unido y países como Rumanía, Bulgaria, Croacia, Chipre e Irlanda, que pronto formarán parte del acuerdo. Sin embargo, hay países que no forman parte de la UE, como Noruega, Islandia, Suiza y Liechtenstein, aunque pertenecen al Espacio Schengen y comparten la política de libre circulación.

Fuente: https://www.schengenvisainfo.com/es/

¿CUÁLES SON LOS PAÍSES DEL ÁREA SCHENGEN?

En la actualidad forman parte del espacio Schengen los siguientes países:

  • Alemania
  • Austria
  • Bélgica
  • Dinamarca
  • Eslovenia
  • España
  • Estonia
  • Finlandia
  • Francia
  • Grecia
  • Hungría
  • Islandia
  • Italia
  • Letonia
  • Liechtenstein
  • Lituania
  • Luxemburgo
  • Malta
  • Noruega
  • Países Bajos
  • Polonia
  • Portugal
  • República Checa
  • República Eslovaca
  • Suecia
  • Suíza

¿NECESITAS VISADO SCHENGEN PARA TRA BAJAR EN UN SÚPER YATE? 

Depende de:
  • Pasaporte con el que viajes
  • Propósito de tu entrada en Europa
 
Si tienes pasaporte español:
 
No necesitas.
 
Si eres latinoamericano:
 
Los nacionales de: Argentina, Brasil, Chile, Colombia, Costa Rica, El Salvador, Guatemala, Honduras, México, Nicaragua, Panamá, Paraguay, Perú, Uruguay y Venezuela pueden entrar en el espacio Schengen sin visado para estancias de hasta 90 días dentro de cualquier período de 180 días.
 
Nacionalidades como Bolivia, Cuba, Ecuador, República Dominicana, Haití, Guyana y Surinam, entre otras, necesitan obtener un visado para cruzar las fronteras exteriores de Schengen.
 
 

LA PARTE IMPORTANTE PARA LOS «YACHTIES»:

 
No necesitar un visado Schengen NO significa automáticamente que tengas permiso para tra bajar en un súper yate.
 
El régimen de entrada sin visado de 90/180 días está pensado para estancias de corta duración.
 
El derecho a trabajar depende de las normas del país donde se desarrolla la actividad, de tu contrato, de la bandera del barco y de tu situación como tripulante.
 
Por eso, entrar en Europa como turista y empezar a trabajar a bordo no es lo mismo que tener autorización para ello.
 
 

¿Y si necesitas visado Schengen?

Un visado Schengen de corta duración puede permitirte entrar y circular por el espacio Schengen durante el período autorizado, normalmente hasta 90 días en cualquier período de 180 días.
 
Pero el visado debe corresponder al propósito real de tu viaje.
 
Un visado de turista no debe utilizarse como sustituto de un permiso de trabajo.
 
La regla de oro:
 
Tu documentación debe reflejar la situación real en la que vas a entrar y trabajar.
 
No es lo mismo:
 
  • viajar a Europa de vacaciones

  • a hacer un curso

  • acudir a una entrevista
de trabajo
  • incorporarte como tripulante a un yate

  • trabajar a bordo mientras el barco navega por aguas o puertos Schengen
Cada situación puede tener requisitos diferentes.

INFORMACIÓN IMPORTANTE (ABRIL DEL 2026):

A continuación te dejo una comunicación importante relativa a Italia, enviada a capitanes por parte de una reconocida agencia:

«Further to the official implementation of the Entry/Exit System (EES), we wish to bring to your immediate attention a critical regulatory update issued on 10/04/2026 by the Italian Border Police, introducing an unannounced enforcement measure affecting non-EU crew movements within the Schengen Area.

This development represents a significant operational change for all vessels calling at Genoa (And Italy/EU in general) and requires immediate consideration when planning crew rotations.

The below, are operational details related to the port of Genoa (Portofino, Santa Margherita Ligure and Rapallo), we are in touch with the other Italian ports to check if this EU enforcement, is applied in the same operational procedure by the local immigration offices. 

New Enforcement Rule:

Non-EU crew members arriving by land (already stamped INTO the Schengen Area) may no longer be stamped OUT unless the vessel’s departure is officially confirmed within 10 days.

Please note that embarkation itself is not prohibited. As per standard procedure, agencies will continue to submit the formal PEC (legal mail) notification of embarkation to the Authorities. However, in the absence of a confirmed vessel departure within 10 days, the Border Police will not proceed with the OUT stamp, meaning the crew member will remain legally within the Schengen Area despite being onboard, thus, using his/her days granted by the passport (such as UK citizens for example) or the days granted through a C Visa.

Such departure must be demonstrable and will be subject to verification by the competent Authorities.

Operational Clarification:

By way of example: should a non-EU seafarer arrive today to join a vessel scheduled to depart in 30 days, the crew member will be registered in the Police system but will not receive the OUT stamp at the time of embarkation.

As a consequence, their Schengen stay (90-day allowance) will continue to run despite being onboard.

Crew members holding a valid Type D visa are not subject to this limitation, as their legal stay follows the duration and conditions of their employment contract.

Once the vessel’s departure date falls within the 10-day window, we will then be able to arrange a dedicated appointment with the Border Police to regularize the position of all crew members embarked during this period, allowing the OUT stamps to be issued accordingly.

Additional Operational Requirement:

For any embarkation or disembarkation of non-EU crew members not holding a valid Type D visa, it is now mandatory to obtain an appointment with the Border Police before the operation can take place.

Exposure & Risk Areas:

Particular attention should be given to:

– Crew holding Schengen visas expiring prior to the vessel’s departure

– Crew approaching or exceeding the 90-day Schengen allowance

– Visa-exempt non-EU nationals nearing the limit of permitted stay

Failure to comply may result in overstay situations, with potential implications on future Schengen access and visa eligibility (up to 3 year ban from the EU).

Current Crew Status:

Crew members already embarked and stamped out of Schengen retain their seafarer status until disembarkation. However, any subsequent re-embarkation will be subject to the above-mentioned 10-day rule.»


NOTA ACLARATORIA IMPORTANTE:

Este post ha sido revisado y actualizado en Septiembre del 2026. Toda la información que has leído es plenamente actual.

Cuando surja algún cambio importante en cuanto a este tema revisaremos de nuevo el post, al igual que hacemos con todos los demás.

Nuestro objetivo es mantener este blog 100% actualizado, en todo momento.


Hasta aquí hemos llegado hoy chicos.

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Jamila García Lillo

Mi nombre es Jamila García, gallega con raíces suízas.
Nada más terminado mi Máster de Protocolo y Organización de Eventos, empecé a trabajar en mi primer yate.
Sigo haciendo trabajos puntuales en yates, pero me “semi - retiré” y dejé de viajar constantemente en Septiembre del 2016, para perseguir mi nuevo sueño: ayudar a todos los que estéis interesados en ser tripulantes de yates de lujo.

Interacciones con los lectores

Comentarios

  1. Jorge Triana dice

    Hola jamila, quisiera contar con tu asesoramiento, soy marino de crucero hace mas de 14 años por pandemia deje de trabajar e intente ingresar a estados unidos, al cual fue un fracaso por q revocaron mi visa por 5 años, para acortar el tema quisiera ingresar ala industria de yates, que me aconsejas, dada mi situacion

  2. Paula dice

    Hola Jamila!

    Me interesa muchísimo, pero como española, me preocupa como se declara frente a hacienda estos salarios. Que tengo que tener en cuenta y que no debo hacer?

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